Por Pablo Rutigliano – Presidente de la Cámara Latinoamericana del Litio y CEO & Fundador de Atómico 3
La Resolución 1060 de la CNV establece un precedente normativo clave para la evolución de estructuras públicas en los mercados de capitales, abriendo una puerta concreta a la innovación financiera aplicada a los activos reales. En este marco, la tokenización de activos mineros, como instrumento que articula la economía tangible con la digital, representa una herramienta transformadora que requiere una adaptación técnica específica dentro de esta resolución.
La minería —como base estructural de la cadena de suministro para la electromovilidad y la transición energética— posee un valor económico latente, que debe ser debidamente clasificado, certificado y vinculado a estructuras contractuales claras para garantizar la transparencia del proceso de tokenización. Aquí es donde radica el modelo Atómico 3, pionero en la creación del token commodity respaldado por reservas mineras certificadas, con trazabilidad y valoración técnica-económica en origen.
I. Clasificación económica de los activos mineros tokenizables
Desde el punto de vista técnico y económico, es imperativo establecer una diferenciación clara entre:
1. Reservas probadas (Proven Reserves):
Son aquellas que han sido evaluadas y certificadas con métodos geológicos, geoquímicos y económicos. Tienen certeza de extracción, viabilidad de procesamiento y valor de mercado. Son susceptibles de anclaje directo al token, bajo contratos que respalden la equivalencia tonelada/token y su liquidación futura.
2. Recursos probables o inferidos (Probable Resources):
Son estimaciones sujetas a verificación técnica posterior, y deben incluir una metodología de evaluación de riesgo, acompañada de informes técnicos que permitan establecer un rango proyectado. Estos activos pueden tokenizarse con contratos condicionados, indicando expresamente la naturaleza de la reserva y su estado de validación.
II. Documentación técnica y contratos vinculantes
Toda estructura tokenizable debe estar acompañada de:
• Certificados técnicos (NI 43-101, JORC, u otros equivalentes),
• Estudios de prefactibilidad/factibilidad económica,
• Contratos de exclusividad y cesión de garantías a favor del emisor del token,
• Evaluación de reservas netas recuperables y su correlato económico.
Estos instrumentos permitirán articular el vínculo jurídico-económico entre el activo físico y su representación digital, asegurando que cada token emitido esté respaldado proporcionalmente por una tonelada (o fracción) de litio disponible en inventario certificado.
III. Mecanismo de valorización: el Índice Internacional del Litio
El modelo Atómico 3 contempla la creación de un Índice de Valor de Referencia del Carbonato de Litio, que actúe como benchmark técnico-económico para determinar el comportamiento de los tokens respaldados. Este índice, calculado a partir de precios spot, valores FOB y datos de exportación, permite:
• Otorgar transparencia de mercado al precio del token,
• Establecer mecanismos de rescate o quema de tokens en función de la valorización del activo subyacente,
• Ajustar dinámicamente el valor del token al ritmo de la oferta y la demanda global.
El índice será expresado en una base 100, con actualizaciones programadas cada 10 a 15 minutos, permitiendo a los actores financieros y regulatorios contar con una herramienta sólida de trazabilidad de valor.
IV. Estructura pública y compatibilidad con la Resolución 1060
La participación de estructuras públicas provinciales, como titulares de derechos mineros (bajo el dominio originario establecido por la Constitución Nacional), implica la necesidad de establecer vehículos jurídicos compatibles con el régimen de oferta pública, donde:
• La empresa minera (privada, estatal o mixta) celebra un contrato con Atómico 3,
• Se formaliza la cesión de derechos o reservas para respaldo,
• Se emiten tokens dentro de los márgenes autorizados por CNV,
• Y se determina la participación proporcional del ente público en los beneficios derivados de la operación.
Esto no sólo legitima el proceso, sino que permite al Estado capturar valor presente neto de sus activos mineros sin necesidad de explotación directa, mediante una economía digital basada en activos reales, auditables y certificables.
V. Propuesta de integración normativa
Solicitamos que la CNV, a través de la Resolución 1060, incluya un apartado específico que contemple:
• La tokenización de activos mineros respaldados por reservas probadas o inventarios proyectados,
• La incorporación de certificaciones técnicas y económicas como anexo obligatorio,
• La posibilidad de establecer contratos tripartitos (empresa privada – ente público – emisor del token),
• Y la integración de instrumentos de valorización objetiva, como el índice del litio, para regular la relación token/activo de manera dinámica y transparente.
El litio es el nuevo commodity estratégico del siglo XXI, y la tokenización es el vehículo que puede hacer de su valorización una oportunidad real para generar divisas, atraer inversiones y democratizar el acceso a la riqueza natural.
La Resolución 1060 puede y debe evolucionar hacia una herramienta de inclusión productiva, permitiendo que el Estado y el sector privado integren sus esfuerzos en un modelo económico transparente, trazable y con respaldo real.
Atómico 3 ya ha demostrado que este modelo es posible, funcional y escalable. Ahora es tiempo de que la regulación lo abrace y lo proyecte al mundo.