Avanza el jury y suspensión del juez de Mar del Plata acusado de haber robado 144 monedas de oro

La Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura de la Nación decidió, por unanimidad, este miércoles elevar al plenario del cuerpo un pedido para iniciar un jurado de enjuiciamiento al juez federal Martín Poderti, titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, acusado de haber robado 144 monedas de oro que estaban secuestradas en una causa. Además, propone la inmediata suspensión del magistrado, dada la gravedad de los hechos imputados.

La decisión se tomó con los votos de los consejeros Álvaro González (diputado del PRO), César Grau (representante de los abogados), Luis Juez (senador del PRO), Alberto Maques (representante de los abogados) y Rodolfo Tailhade (diputado de Unión por Todos).

Ahora para el inicio del jury y la suspensión preventiva del juez hasta que finalice ese proceso, se requiere una mayoría especial de los dos tercios de los miembros presentes de un plenario de todo el Consejo de la Magistratura.

De esta forma, continúa la depuración de la Justicia Federal que en los últimos años ya removió al ex juez federal de Mendoza Walter Bento y el de Rosario Marcelo Bailaque, entre otros. Antes, durante el gobierno de Macri, había renunciado el polémico ex juez Norberto Oyarbide.

El presidente de la comisión de Acusación, Luis Juez, conversa con el diputado del PRO Alvaro Gonzalez (izq.) en la Magistratura.

Antes, había avanzado sobre el ex juez federal de Corrientes Carlos Soto Dávila que fue acusado por los delitos de cohecho pasivo agravado por ser magistrado, prevaricato y asociación ilícita y el ex juez federal de Orán, Salta, Raúl Juan Reynoso,quien también negociaba beneficios procesales a narcos, entre otros.

En su sumario, la Comisión de Acusación, acreditó que entre los días 26 de diciembre de 2019 y 9 de febrero de 2023, el citado magistrado, quien a ese tiempo revestía el cargo de secretario federal del Juzgado Federal de San Isidro, ingresó en 19 oportunidades a la caja de seguridad nº 8-44 de la sucursal local del Banco de la Nación Argentina y sustrajo 144 monedas de oro secuestradas en el marco de una investigación judicial, sobre las cuales él tenía deber de resguardo.

El ingreso a esa caja de seguridad lo hizo por fuera de las obligaciones demandadas e incluso encontrándose de licencia en alguna oportunidad, sin que tales accesos estuvieran justificados en el expediente en el marco del cual se incautaron, destacó el dictamen.

También se tuvo en cuenta que por esos hechos se encuentra procesado por el Juzgado Federal de San Martín y confirmado por la Cámara Federal de de ese distrito, por resultar “prima facie” autor penalmente responsable del delito de malversación de caudales públicos y en el que se le dictó un embargo por la suma de $190.000.000. Ese caso, ya se encuentra en etapa de juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 de San Martín.

La comisión rechazó las «múltiples y disimiles» explicaciones que el juez Poderti ensayó para desligarse de la imputación dirigida. También se rechazó la defensa formal que efectuó, relacionada con que el hecho que se le atribuye lo habría cometido cuando era secretario y no juez, por lo cual se lo debería haber, a todo evento, sancionado administrativamente como secretario.

En cuanto a ese tema, la Comisión de Acusación recordó su pacífica jurisprudencia y del jurado de enjuiciamiento, en cuanto a que debía determinarse si los hechos imputados habían sido evaluados por el Senado al momento de asignarle acuerdo para ser juez. Si esos hechos hubiesen sido evaluados por el Senado, el Consejo ni el jurado podrían avanzar, puesto que ello importaría un avance sobre otro Poder del Estado. En caso contrario, como el presente, sí se podía avanzar.

Sobre el punto, se indicó “la intención del Senado fue institucionalizar a un juez según la manda constitucional, pero no aprobar su mérito profesional, ni su conducta en este expediente, dado que ello era desconocido por aquél honorable cuerpo”.

“Es que, simplemente, no era factible de ser conocido por ese Cuerpo la sustracción de 144 de oro confiadas en guarda a Poderti en su rol de secretario federal, pues a esa fecha ni siquiera había sido detectado tal faltante, cuya diligencia a efectos de entregar los valores allí contenidos se efectivizó recién el día 9 de abril de 2024”, agregó.

Para la propuesta de suspensión, se señaló: “Este Consejo asume la trascendencia y gravedad institucional de la decisión que habrá de tomar, cual es la apertura del procedimiento de remoción, suspensión y acusación ante el jurado de magistrados del doctor Martín Luciano Poderti, señalando que dicho temperamento se adopta en resguardo de la administración de justicia”.

«Obsérvese, sobre el punto, que quien se encuentra dotado de una alta investidura estatal para juzgar actualmente a otros ciudadanos por conductas ilícitas, como puede ser un robo, resultaría ser, paradójicamente, un ladrón. En ese contexto, deviene imprescindible ordenar la inmediata suspensión del juez en la inteligencia de que todas las imputaciones formuladas guardan relación directa con su actuación funcional”, se añadió en el dictamen.

En conclusión, todas las imputaciones formuladas revisten una gravedad tal que pueden derivar en posibles pedidos de recusación en su labor como magistrado, planteos de nulidad, entre otras cuestiones de peso que conspiran contra la correcta administración de justicia o el éxito de este procedimiento disciplinario, finalizaron los consejeros.

Por otra parte, la Comisión de Disciplina mantiene congelados los pedidos de sanciones disciplinarias contra el juez federal Alejo Ramos Padilla, entre otros.


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