Dólar MEP y Contado con Liqui: la CNV eliminó el parking

En el marco de la Fase 3 del programa económico impulsado por el Gobierno, que incluye la salida del cepo cambiario y la implementación de bandas de flotación, la Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó la eliminación del plazo mínimo de tenencia —conocido como parking— para las personas humanas residentes que operan en el mercado financiero.

La medida fue dispuesta a través de la Resolución General N.º 1062, publicada este lunes, y entra en vigencia de forma inmediata.

Con la entrada en vigencia inmediata de la eliminación de parking, ya no será necesario mantener en cartera durante un día hábil los valores negociables antes de concretar:

  • La venta con liquidación en moneda extranjera, sin importar la jurisdicción ni la legislación de emisión.
  • Las transferencias emisoras y receptoras de valores negociables.

Ahora, las operaciones con dólares financieros continúan vigentes, pero con el levantamiento del cepo desde las entidades bancarias marcan que hay un desplazamiento hacia el dólar oficial que resulta de muy fácil adquisición a través del homebanking de las entidades.

La CNV destacó que esta medida busca descomprimir trabas dentro del mercado de capitales y avanzar en la desregulación del sistema financiero, en sintonía con los objetivos del Ejecutivo.

“Estamos orgullosos de acompañar al presidente Javier Milei, al ministro Luis Caputo, al equipo del Ministerio de Economía y al Banco Central en la implementación de la Fase 3 del programa económico para el futuro de la Argentina”, expresó el presidente de la CNV, Roberto E. Silva. Y agregó: “Trabajamos desde el inicio de nuestra gestión en la eliminación de restricciones regulatorias que afectan el funcionamiento del mercado”.

Dólar ahorro: qué otras restricciones se eliminan

Con la nueva normativa, ya no habrá prohibiciones para quienes:

  • Aquellas personas físicas que hayan recibido durante la pandemia beneficios para pagar créditos hipotecarios UVA o préstamos otorgados por ANSES.
  • Que hayan adherido a moratorias previsionales o recibidos créditos a tasa subsidiada.
  • Que cobraron salarios a través de la ayuda que el Estado otorgó a las empresas durante la pandemia.
  • Que hubieran solicitado subsidios para servicios públicos como gas o electricidad.
  • Se deroga la llamada “restricción cruzada”, que obligaba a esperar 90 días antes de volver a operar con dólar oficial para quienes hubieran operado en el mercado financiero.
  • Ahora, los funcionarios públicos con rango superior a subsecretario comprar dólares sin restricciones. lo tenían vedado.

SN

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